Información migratoria

¿Existen requisitos para viajar a Cuba?

Sí. Por restricciones del gobierno de los Estados Unidos, cualquier persona considerada U.S. person (ciudadanos con nacionalidad estadounidense, residentes permanentes de los EE. UU. o cualquier persona que se encuentre físicamente dentro del territorio de los Estados Unidos), no tiene permitido viajar a Cuba por turismo. En caso de viajar, se debe cumplir con alguna de las 12 categorías autorizadas por el gobierno estadounidense:

  1. Visitas familiares.
  2. Asuntos oficiales del gobierno de los EE. UU., de gobiernos extranjeros y ciertas organizaciones gubernamentales.
  3. Actividad periodística.
  4. Investigaciones y reuniones profesionales.
  5. Actividades educativas.
  6. Actividades religiosas.
  7. Actos públicos, clínicas, talleres, competencias deportivas y exposiciones.
  8. Apoyo al pueblo cubano.
  9. Proyectos humanitarios.
  10. Actividades de fundaciones privadas, de institutos de investigación o de educación.
  11. Actividades de exportación, importación, transmisión de información o materiales informativos.
  12. Determinadas transacciones de exportación autorizadas.

Una U.S. person puede viajar a Cuba con una licencia específica emitida por la Oficina de Control de Bienes Extranjeros de Estados Unidos (OFAC) o como un ciudadano cubano que regresa a su país.

Ten en cuenta que en el aeropuerto te podrán solicitar la declaración o tu licencia específica OFAC, si tú y/o tu grupo de viaje son U.S. person.

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