Requisitos para viajar

Información para pasajeros en tránsito o con destino final Guatemala

Por disposición de la Autoridad Migratoria Nacional de Guatemala y el Instituto Guatemalteco de Migración, a partir del 16 de febrero del 2024, todos los pasajeros de categoría consular B y C, que tengan en sus planes de viaje como destino final o como punto de conexión y/o tránsito Guatemala, sin excepción alguna, deberán contar con una visa simple o múltiple emitida por el gobierno de este país.

A continuación encuentra las nacionalidades a las que aplica esta medida:

Categoría B Categoría C
Azerbaiyán Dominicana Jamaica Myanmar Suazilandia
Bielorrusia Ecuador Kazajstán Namibia Surinam
Benín Egipto Kirguistán Nauru Tailandia
Bolivia Filipinas Kiribati Níger Tanzania
Burkina Faso Gabón Lesoto Palao Tayikistán
Burundi Gambia Malawi Papúa Nueva Guinea Togo
Bután Georgia Maldivas República Centroafricana Tonga
Cabo Verde Granada Marruecos República Dominicana Túnez
Camboya Guinea Mauricio Ruanda Turkmenistán
Chad Guinea Bissau Mauritania Samoa Uganda
Comoras Guinea Ecuatorial Micronesia Senegal Uzbekistán
Costa de Marfil Guyana Moldova Serbia Zambia
Djibuti India Montenegro Seychelles Zimbabue

Consulta más información en la página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala.

A partir de la fecha y por obligatorio cumplimiento para todas las aerolíneas, si tienes alguna de las anteriores nacionalidades, te exigiremos los documentos migratorios necesarios e idóneos para realizar tu viaje (pasaporte o documento de viaje válido, visa o permiso especial vigente, conforme a la categoría correspondiente, y documento que acredite estatus migratorio). Lo anterior, cumpliendo con los nuevos requisitos de viaje exigidos por las autoridades de Guatemala. 

¿Qué debo hacer si compre un tiquete antes del 12 abril de 2024 y no puedo cumplir este requerimiento? 

Si compraste un tiquete antes del 12 de abril de 2024 y no puedes cumplir con el nuevo requerimiento de la Autoridad Migratoria Nacional de Guatemala, habilitaremos dos opciones que estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2024. 

  1. Cambio de fecha o ruta sin cargo por cambio (aplica diferencia de tarifa). La nueva fecha de viaje deberá ser 8 días antes y hasta 60 días después de la fecha inicial del vuelo, según disponibilidad. 
  2. Reembolso de los tiquetes en nuestros canales oficiales o en la agencia de viajes correspondiente. 

Para poder acceder a cualquiera de estas dos opciones deberás completar el formulario, adjuntando el documento que certifique tu nacionalidad. 

Completa el formulario para:

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