Ante la situación de público conocimiento de la aerolínea Spirit Airlines, Avianca ofrecerá la opción de retorno sin cobro de tarifa aérea a quienes ya hayan volado el trayecto de ida, tengan un tiquete de regreso con Spirit al destino original, y se hayan visto afectados. Esta opción está sujeta a disponibilidad y a las condiciones del plan de protección.
Los pasajeros podrán presentarse en el aeropuerto el mismo día de su viaje original o máximo un día antes, para ser reubicados en vuelos de Avianca con disponibilidad, por orden de llegada. Esta alternativa aplica para quienes tengan tiquetes emitidos por Spirit -sujeto a verificación por parte de Avianca- entre el 2 y el 16 de mayo de 2026.
El plan de protección aplica para viajes entre las siguientes ciudades
Entre Fort Lauderdale y:
- Armenia
- Barranquilla
- Bogotá
- Cali
- Medellín
- Cartagena
- Guayaquil
- Lima
- Ciudad de Guatemala
- San Pedro Sula
- Comayagua (Aeropuerto Internacional de Palmerola)
- San José de Costa Rica
Entre Orlando y:
- Medellín
- Ciudad de Guatemala
- San Pedro Sula
Para efectos de este plan, los aeropuertos de Fort Lauderdale, Miami y Orlando se consideran puntos comunes dentro de la misma zona. Esto significa que, si no hay disponibilidad de vuelo desde o hacia el aeropuerto originalmente previsto, el viaje podrá realizarse desde o hacia cualquiera de estos aeropuertos. Los trayectos podrán operarse en vuelo directo o con una o más conexiones, según la disponibilidad existente al momento de la reserva, manteniéndose siempre dentro de las rutas cubiertas por el plan de protección, siempre que el pasajero acepte asumir los costos derivados de sus tiempos de espera en los puntos de conexión.
- Este Plan de Protección (en adelante el “Plan”) solo aplica en el aeropuerto para pasajeros con fechas de viaje del 2 al 16 de mayo de 2026.
- Este Plan aplica a los pasajeros afectados por la suspensión de las operaciones de la aerolínea Spirit que ya hayan iniciado su viaje, es decir, que ya hayan tomado al menos uno de los trayectos de la reserva con Spirit o con cualquier otra aerolínea, y que teniendo su vuelo de regreso programado con Spirit, requieren volver a su punto de origen.
- El usuario deberá presentarse en el aeropuerto el mismo día de su vuelo original o hasta un (1) día antes.
- El pasajero deberá presentar en el aeropuerto el tiquete o pase de abordar que permita evidenciar que inició el viaje con Spirit u otra aerolínea.
- La aceptación en los vuelos estará sujeta a que Aerocivil valide la existencia de la reserva correspondiente con Spirit. Está condición será aplicable únicamente a los vuelos con origen o destino en Colombia.
- Los impuestos, tasas, cargos, tarifa administrativa y demás cobros obligatorios aplicables al viaje serán asumidos por el pasajero que quiera beneficiarse del presente Plan de Protección.
- No aplica transferencia del tiquete ni cambio de nombre.
- Los pasajeros beneficiarios del Plan son los únicos responsables de los requisitos para su viaje, entre estos los tiquetes de retorno con cupo confirmado exigido en destino o puntos de tránsito, el cual deberá ser válido y no depender del presente Plan de Protección.
- La aceptación en los vuelos se realizará por orden de llegada y de acuerdo con la disponibilidad de cupos existente al cierre del mismo. Una vez cerrado el vuelo, se procederá a asignar el cupo según disponibilidad; de no ser posible, se incluirá al pasajero en una lista de espera y se informarán los siguientes vuelos disponibles, bajo las mismas condiciones aquí establecidas.
- El pasajero que sea aceptado en uno de los vuelos bajo este Plan tendrá derecho a transportar 1 equipaje de mano y 1 equipaje de bodega de 23 kg, con las dimensiones, peso y condiciones establecidas por Avianca para la tarifa Classic.
- El equipaje de bodega, así como los servicios adicionales de equipaje que el pasajero beneficiario del Plan requiera serán condicionales, esto es que su transporte o la prestación efectiva depende de la disponibilidad y cumplimiento de las condiciones aplicables. No habrá lugar a compensación o traslado de equipaje hasta el domicilio si este no puede embarcarse en el mismo vuelo del pasajero.
- En los casos de exceso de equipaje o de adquisición de servicios adicionales o ancillaries, los mismos deberán ser asumidos y pagados en su totalidad por el usuario, para lo cual se aplicará el cobro correspondiente de acuerdo con las tarifas aplicables de Avianca (sin descuento alguno).
- Se podrá optar por alternativas de ruta a través de puntos comunes/puntos de conexión en caso de no contar con disponibilidad en la ruta original. Se deberá considerar que, en itinerarios con conexión, pueden generarse impuestos, tasas, contribuciones o cargos aplicables derivados de las regulaciones vigentes aplicables al viaje, los cuales deben ser asumidos por el pasajero.
- En el caso de viajes con conexiones, la aceptación en el vuelo de origen dependerá de la disponibilidad de asientos en la totalidad de los vuelos que componen el itinerario.
- El pasajero deberá completar y firmar el formulario de autorización y aceptación de las condiciones del servicio de transporte – plan de protección, así como la autorización de tratamiento de datos personales. Para ello, deberá escanear los códigos QR correspondientes disponibles en el módulo del aeropuerto y acreditar demostrar la confirmación del envío.
- Los pasajeros que soliciten servicios especiales (ej. condiciones físicas y sensoriales, perros de servicio, condiciones médicas, silla de ruedas, concentrador de oxígeno portátil y equipo de diálisis portátil) y/o que requieran silla de ruedas estarán sujetos a disponibilidad y serán gestionados al momento de confirmar el embarque.